¿Dónde se consulta qué se puede construir?
Empiece en Urbanismo del ayuntamiento. Facilite la referencia catastral, un plano con los límites y una descripción de lo que quiere hacer. No pregunte únicamente si «se puede construir»: especifique vivienda, ampliación o cambio de uso. La respuesta debe referirse a esa actuación y a ese terreno.
El artículo 5.c y d del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (TRLSRU) reconoce el acceso a la información urbanística y el derecho a recibir por escrito el régimen de una finca. Pida el trámite de informe, certificado o cédula urbanística y su tasa. Presente la solicitud por la sede electrónica municipal o con asistencia de la oficina de registro, según el procedimiento. Guarde el justificante y la respuesta completa.
El visor municipal sirve para localizar la zona. Para decidir la compra necesita además el texto normativo aplicable y la ficha del ámbito, si existe. Si el vendedor entrega un documento antiguo, compruebe que sigue describiendo el régimen vigente y la misma parcela. Una segregación posterior puede cambiar lo que está comprando.
¿Debo buscar el PGOU, las NNSS o un plan más reciente?
Busque el plan general municipal, que puede aparecer como PGOU, o unas Normas Subsidiarias (NNSS). Encontrará nombres distintos según la comunidad y la generación del plan. No descarte unas NNSS por su antigüedad: en Andalucía, por ejemplo, la disposición transitoria segunda de la LISTA mantiene instrumentos anteriores hasta su sustitución o cumplimiento, en los términos que establece.
Pida al ayuntamiento el instrumento vigente, sus modificaciones y la ordenación de desarrollo aplicable. Puede hacer falta consultar un plan parcial, un plan especial o un estudio de detalle además del planeamiento general. Pregunte si falta aprobar algún instrumento para poder solicitar la licencia.
Lea el plano junto con la normativa. El color señala un ámbito; la ordenanza concreta sus usos y condiciones. Solicite también el acuerdo de aprobación y su publicación, y pregunte por suspensiones de licencias o cambios en tramitación. El artículo 25 del TRLSRU regula la publicidad del planeamiento y exige identificar las suspensiones en la documentación de los procedimientos de aprobación o modificación. Un avance del futuro plan no acredita que hoy pueda construir conforme a él.
¿Qué diferencia hay entre clasificación y calificación?
La clasificación sitúa el terreno en una clase de suelo. La calificación concreta su destino y condiciones dentro de la ordenación: uso residencial, dotacional u otro, con la tipología y los parámetros correspondientes. En la Comunitat Valenciana, el artículo 35 del TRLOTUP incluye en la ordenación pormenorizada los usos detallados, las subzonas, la edificabilidad neta y los parámetros de parcelación.
«Residencial» no responde por sí solo si se admite la vivienda unifamiliar aislada que quiere construir. Pida el uso pormenorizado y la ordenanza exacta. Tampoco confunda el «urbano» del Catastro, regulado por su propia ley, con una autorización urbanística.
Hay además dos situaciones básicas en la ley estatal: rural y urbanizado. No son las clases del plan autonómico. El terreno pendiente de terminar su urbanización permanece en situación rural a efectos del TRLSRU, artículo 21. Si necesita distinguir rústico, urbano y urbanizable, compruebe primero qué clasificación le da el plan y después qué permite ese régimen.
¿Cómo se comprueba cuánto puede edificar y si la casa cabe?
Pida al arquitecto un estudio previo con un esquema de implantación sobre los límites reales. Debe identificar de qué documento toma cada parámetro y qué superficie de parcela utiliza. Antes de aplicar un índice neto, aclare las alineaciones y posibles cesiones para viales: no toda la superficie anunciada tiene por qué entrar en el cálculo. Si hay dudas sobre linderos o desniveles, encargue un levantamiento topográfico.
Los conceptos siguientes se explican, por ejemplo, en los artículos 146 a 148 y 151 del PGOU de Carratraca, publicado en el BOJA. Sirven para entender la ficha; las cifras y reglas de cómputo de su terreno deben salir de su propia ordenanza.
¿Edificabilidad y ocupación son lo mismo?
La edificabilidad limita la superficie de techo computable. Puede expresarse en m²t/m²s: metros cuadrados de techo por metro cuadrado de suelo. La neta se aplica a la parcela o superficie neta correspondiente; la bruta se refiere a un ámbito, como un sector. No aplique directamente un índice bruto a la superficie catastral de una parcela.
Con un índice neto, el cálculo es superficie neta que corresponda × coeficiente neto = techo máximo computable. Después debe comprobar si ese techo cabe cumpliendo los demás límites.
La superficie computable suma lo que la norma cuenta en las distintas plantas. No equivale a superficie útil. Pregunte cómo computan porches, terrazas cubiertas, sótanos y construcciones auxiliares. Que un espacio se anuncie como «garaje» no resuelve su tratamiento en la ordenanza.
La ocupación limita la proyección de la edificación sobre la parcela. Una casa puede respetar la edificabilidad y ocupar demasiado terreno. Compruebe las reglas para vuelos y construcción bajo rasante; no dé por hecho que solo cuenta la planta baja cerrada.
¿Desde dónde se miden los retranqueos y la altura?
Los retranqueos y separaciones a linderos condicionan dónde puede situar el edificio. Distinga el límite con la calle, los laterales y el fondo. Solicite la alineación oficial cuando haya dudas: el muro visible puede no coincidir con la línea del planeamiento. Compruebe también desde qué parte del edificio se mide cada distancia.
La altura puede limitarse tanto en metros como en número de plantas. Debe respetar ambos límites cuando la ordenanza los establezca. En una pendiente, el punto o plano de referencia cambia el resultado; el arquitecto debe justificarlo con las rasantes aplicables. No cuente con ganar una planta mediante rellenos sin comprobar las reglas sobre el terreno.
¿Basta con cumplir la parcela mínima?
No. Compruebe superficie, frente y forma exigibles, además de las restantes condiciones. Una parcela estrecha puede superar el mínimo de superficie y dejar poco espacio después de aplicar las separaciones. La edificabilidad es un techo permitido, no una promesa de que toda ella quepa.
Pida también el número máximo de viviendas y la densidad que permita el plan, si la regula. Tener techo disponible no autoriza por sí solo a dividir una casa en viviendas independientes. Es una comprobación distinta de la superficie mínima de parcela.
Si ya hay construcciones, el estudio debe incorporarlas al cómputo y revisar qué obras se permiten. No presuponga que podrá derribar y reconstruir con el mismo volumen. Si le venden una porción, compruebe que la división es admisible: el artículo 26.2 del TRLSRU exige que las parcelas resultantes cumplan la ley y el plan. También alcanza a ciertas cuotas indivisas con uso exclusivo de una parte. La unidad mínima de cultivo tampoco sustituye esta comprobación edificatoria.
¿Qué debe decir el certificado o la cédula urbanística?
Solicite un documento referido a la finca identificada en su plano y al uso previsto. Debe permitir al arquitecto trabajar sin reconstruir el régimen a partir de frases sueltas del anuncio. Puede presentar esta petición, adaptándola al trámite municipal:
No hay una vigencia nacional idéntica para estos documentos. En Andalucía, el artículo 3 del Reglamento de la LISTA exige remitir la cédula en un máximo de un mes desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico municipal, salvo plazo municipal inferior. Es informativa, no vinculante, y mantiene su eficacia mientras siga vigente la ordenación en que se basa, como máximo seis meses desde su expedición. La falta de respuesta no favorece la consulta.
En Cataluña, el artículo 105 del TRLU exige notificar el certificado de régimen urbanístico en un mes desde la presentación en el registro general municipal. Para una finca edificable, su vigencia es de seis meses desde la notificación. Dentro de ese plazo debe solicitarse la licencia en la forma exigida y sin defectos incorregibles. Si el proyecto se ajusta a las normas vigentes al pedir el certificado, de acuerdo con su contenido y sin perjuicio de la legislación sectorial, el ayuntamiento debe concederla. Esta protección no convierte el certificado en licencia. Para fincas que no pueden obtenerla directamente, el apartado 3 establece otros efectos; pida al abogado que compruebe el supuesto.
¿Cuándo necesita licencia de obras y cuándo declaración responsable?
La normativa determina qué actuaciones exigen licencia de obras y cuáles admiten declaración responsable o comunicación previa. No puede sustituir una licencia obligatoria por una declaración. En cambio, Murcia permite solicitar voluntariamente licencia para actuaciones fuera de su lista obligatoria (LOTURM, artículo 263.3); Canarias también prevé tramitarla para actuaciones sujetas a comunicación previa (artículo 332.3). Confirme la opción aplicable con su técnico.
Para una vivienda nueva, la Ley de Ordenación de la Edificación exige proyecto técnico; la excepción de construcciones pequeñas y sencillas excluye el uso residencial (artículo 2.2.a).
La declaración responsable afirma que cumple los requisitos y dispone de la documentación acreditativa. No es una autorización del ayuntamiento tras revisar el proyecto. Sigue sometida a comprobación e inspección. Una falsedad, inexactitud u omisión esencial puede impedir continuar la actuación, con las responsabilidades previstas en el artículo 69 de la Ley 39/2015.
Pida que el estudio identifique afecciones por cauces e inundación, Costas, protección de la naturaleza o patrimonio. Si alguna afecta a la parcela, concrete el organismo competente y qué autorización o informe necesita. La calificación residencial no resuelve esas restricciones.
¿Qué cambia entre comunidades autónomas?
Esta comparación distingue procedimientos, sin sustituir la comprobación municipal del proyecto. No utilice una respuesta obtenida para otra comunidad.
| Comunidad | Qué debe comprobar |
|---|---|
| Andalucía | La LISTA clasifica el suelo en urbano y rústico. La licencia es la regla de partida con las excepciones legales; el artículo 138 delimita las obras sometidas a declaración responsable, entre ellas obras pequeñas sin proyecto y determinadas intervenciones en edificios existentes. |
| Comunitat Valenciana | El TRLOTUP somete la nueva planta a licencia, artículo 232. Las reformas enumeradas siguen el artículo 233; algunas actuaciones de su apartado segundo necesitan certificación de un organismo de certificación administrativa o colegio profesional. |
| Región de Murcia | Los artículos 263 y 264 de la LOTURM separan licencia y declaración. La excepción para edificios nuevos sencillos y de escasa entidad es para usos no residenciales ni públicos; no sirve para una casa. |
| Cataluña | El TRLU, artículos 187 y 187 bis, distingue licencia para nueva edificación e intervenciones con proyecto y comunicación previa para determinados trabajos sin proyecto, con excepciones por situación y protección. |
| Illes Balears | La LUIB, artículos 146 y 148, distingue licencia y comunicación previa. Los consejos insulares pueden regular su alcance dentro de los límites legales; confirme la regla de la isla y el municipio. |
| Canarias | Los artículos 330 y 332 de la ley del suelo distinguen nueva planta con licencia y determinadas reformas sin incremento de volumen o edificabilidad mediante comunicación previa. La propia ley permite modificar las listas por decreto: confirme el régimen vigente de la actuación. |
Una casa prefabricada no evita comprobar uso ni procedimiento. Las leyes valenciana, catalana, balear y canaria la incluyen expresamente en sus previsiones de licencia. Consulte la instalación concreta antes de encargarla.
Si el terreno es rústico, pregunte por las autorizaciones urbanísticas anteriores a la licencia. En Andalucía, las actuaciones extraordinarias, incluidas las viviendas unifamiliares aisladas cuando sean admisibles, requieren autorización previa; la LISTA también establece una prestación compensatoria municipal (artículo 22). Pida que aclaren ambos extremos antes de comprar. Cada comunidad tiene su régimen: los requisitos para una vivienda en suelo rústico no se resuelven solo calculando metros edificables.
¿Una parcela urbana está preparada para construir?
Pida que confirmen si es solar y qué falta si no lo es. En Andalucía, el artículo 13.3 de la LISTA exige infraestructuras y servicios, incluidos abastecimiento, evacuación de aguas residuales y electricidad con capacidad suficiente. Una tubería o un poste cerca no acredita esa condición.
Pregunte por urbanización pendiente, cesiones y deberes que asumiría. La venta no elimina los deberes urbanísticos del propietario: el comprador se subroga conforme al artículo 27 del TRLSRU.
Entregue al abogado la escritura y una nota simple reciente del Registro de la Propiedad, que es informativa (Ley Hipotecaria, artículo 222.5). Debe contrastar la finca y el acceso, las cargas y las vinculaciones urbanísticas. El artículo 26.3 del TRLSRU prevé comunicar al Registro la indivisibilidad por agotamiento de edificabilidad o parcela restante insuficiente. La ausencia de un asiento no sustituye la consulta municipal sobre deberes pendientes.
Encargue además revisar servidumbres y otras limitaciones privadas que afecten a la implantación. La licencia no elimina los derechos de propiedad ni los de terceros (Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, artículo 12.1). Cumplir el plan puede no bastar para ejecutar el diseño.
¿Qué debe resolver antes de pagar las arras?
Comprobaciones antes de las arras: quién, coste y plazo
- Identificar la parcela y obtener plano y normas vigentesUsted y Urbanismo · tasa documental según ordenanza · pida plazo municipal por escrito
- Obtener información urbanística escrita sobre el uso previstoAyuntamiento · tasa local · Andalucía: máximo un mes; Cataluña: notificación en un mes, según los supuestos explicados
- Comprobar implantación, cómputos y estado de las construcciones existentesArquitecto independiente · presupuesto previo · plazo acordado desde que reciba la documentación completa
- Contrastar escritura y nota simple con condición de solar, acceso, derechos privados y obligaciones pendientesAbogado, ayuntamiento y técnico · documentos y honorarios presupuestados · resolver antes de comprometer el precio
- Identificar procedimiento, autorizaciones urbanísticas previas y autorizaciones sectorialesArquitecto y administraciones competentes · consultar cada tasa y encargo · obtener los plazos aplicables al caso
- Revisar la condición de compra y devolución del dineroSu abogado · honorarios acordados · cerrar el texto antes de entregar señal
Negocie que el contrato identifique el proyecto o uso del que depende la compra, los documentos exigidos y el resultado aceptable. Decida con el abogado si el requisito será una información favorable, una autorización previa necesaria o la licencia: una condición basada solo en información puede cumplirse aunque después se deniegue la licencia. Fije fecha límite, prórroga y devolución si no se cumple o no llega la respuesta. Pedir un certificado no da derecho por sí solo a recuperar las arras. Para una reserva anterior, haga aceptar la condición a quien reciba el dinero y pacte también qué ocurre con la comisión de la agencia.
No pague todavía si:
- Solo tiene el anuncio, un recibo del IBI o una captura del Catastro como prueba de edificabilidad.
- La vivienda depende de un cambio de plan aún no aprobado o de una suspensión sin aclarar.
- El arquitecto no puede justificar el uso previsto o una casa que cumpla todos los límites.
- Falta explicar la urbanización pendiente o el coste que asumiría.
- El certificado se refiere a otra parcela o el vendedor rechaza la condición de compra que necesita.